¿Cómo se accede a la información pública?
La información pública de libre acceso se divide en dos: Información fundamental e Información
Ordinaria.
La Información Fundamental
La Información Pública Ordinaria
La información pública de libre acceso se divide en dos: Información fundamental e
Información Ordinaria.
La información Fundamental es aquella que por obligación legal debe ser puesta a
disposición del ciudadano a través de medios electrónicos de libre acceso, mismos que
pueden ser secciones incluidas en el propio portal web de la dependencia.
Entre los tipos de información que se encuentra publicada en los portales de
transparencia se encuentra entre otros: la normatividad, estructura y directorio de las
dependencias, planes y programas de trabajo, ingresos y gastos, manuales operativos,
adquisiciones y contrataciones, programas sociales, informes de gestión, etc;
Esta información la puedes consultar en: http://difgdl.gob.mx/transparencia/articulo8/
La información pública ordinaria se conforma de toda aquella que los entes públicos
generan derivada del ejercicio de sus atribuciones y que no se encuentra publicada
dentro de la información fundamental. Para acceder a ella es necesario presentar una
solicitud de información en la Unidad de Transparencia;
Es importante que antes de realizar una solicitud, consultes nuestro portal de
Información Fundamental, ya que es probable que la información pública que estás
buscando ya se encuentre disponible en nuestra página de transparencia y no tengas que
realizar un trámite adicional. Te sugerimos utilizar el buscador del portal para
localizar documentos o publicaciones relacionados con el tema de interés.
Si la información que necesitas no se encuentra disponible ya, es posible presentar la solicitud de
acceso a la información a través de los siguientes mecanismos:
EN LINEA:
A través de la Plataforma Nacional de Transparencia con tu usuario, o creando uno, puedes solicitar
la información a cualquier sujeto obligado del País que requieras, incluyendo a los sujetos
obligados del Estado de Jalisco y/o a este sujeto obligado.
POR CORREO ELECTRÓNICO:
Mediante correo electrónico transparencia@difgdl.gob.mx dirigido a esta unidad de transparencia,
podrás solicitar lo que necesitas saber de este organismo, solo debes especificar qué información
deseas conocer, procura ser claro con la información que esperas obtener.
SOLICITUD PRESENCIAL:
Puedes realizar tu solicitud de información pública de manera física en cualquiera de las Unidades
de Transparencia de las dependencias, realizando los siguientes pasos:
Paso 1:
Acude a la unidad de transparencia de DIF Guadalajara
Paso 2:
Presentar la solicitud de acceso a la información pública conforme al
formato de solicitud anexo, indicando cuando menos lo siguiente: a) Nombre del sujeto
obligado a quien se dirige; b) Nombre del solicitante y autorizados para recibir
información, en su caso (opcional); c) Domicilio, número de fax o correo electrónico para
recibir notificaciones; d) Información solicitada, incluida la forma y medio de acceso de la
misma.
Paso 3:
Presenta la solicitud ante la Unidad de Transparencia del sujeto obligado
por escrito y con acuse de recibo. Domicilio de las unidades de transparencia. Recuerda: El
sujeto obligado debe sellarte y firmarte de recibido en la fecha de recepción de la
solicitud. Conserva el acuse para cualquier trámite posterior.
Paso 4:
La Unidad de Transparencia revisará que cumpla con los requisitos y
resolverá sobre su admisión a los 02 (dos) días hábiles siguiente a su presentación. En caso
de que falte algún requisito, la Unidad de Transparencia te notificará dentro de los 02
(dos) días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, requisitos que deberán
subsanarse a los 02 (dos) días hábiles siguiente de la notificación por el solicitante.
Paso 5:
La Unidad de Transparencia resolverá y notificará al solicitante dentro
de los 08 días hábiles siguientes a la admisión de la solicitud, respecto a la existencia de
la información y la procedencia de su acceso. Cuando se trate de expediente médicos, se
resolverá dentro de los 05 días hábiles siguientes a la admisión de aquella.
Paso 6:
Si al término de los plazos anteriores no recibiste la notificación de la
resolución de tu solicitud de acceso a la información pública, podrás acudir ante el
Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos del Estado de Jalisco
(ITEI) o ante la propia unida de transparencia donde realizaste la solicitud para interponer
un recurso de revisión. Descarga formato de recurso de revisión.
Paso 7:
Si la información solicitada implica la reproducción de documentos, la
Unidad de Transparencia te otorgará de forma gratuita las primeras veinte copias simples y
en caso de exceder este número o requerir algún otro formato, te notificará el costo de
recuperación de los materiales o medios en que se realice. Una vez realizado el pago deberás
presentar el comprobante en la Unidad de Transparencia para que te entregue la información.
COSTOS DE RECUPERACIÓN DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA
17 de diciembre de 2024 son los siguientes:
Artículo 40. IX. Por proporcionar información en documentos o elementos técnicos a solicitudes de
información en cumplimiento de la Ley de Transparencia y acceso a la Información Pública del Estado
de Jalisco y sus Municipios:
Documento |
Costo |
a) Copia simple o impresa por cada hoja |
$1.00 |
b) Hoja certificada |
$25.00 |
c) Memoria USB de 8gb |
$82.00 |
d) Información en disco compacto (CD/DVD), por cada uno |
$10.00 |
e) Copia y/o Impresión de Plano de 90cm x 60cm |
$32.00 |
Cuando la información se proporcione en formato distinto a los mencionados en los incisos
anteriores, el cobro de derechos será el equivalente al del mercado que corresponda. Cuando la
información se proporcione en formatos distintos a los mencionados en los incisos anteriores, el
cobro de los productos será el equivalente al precio de mercado que corresponda.
Para su comodidad, se pone a disposición el formato para realizar el pago en las recaudadoras.
Formato de pago por concepto de transparencia
Sí desea consultar el Histórico sobre los costos por reproducción correspondientes al año 2024 de
clic aquí
* Nota. La información contenida en el documento histórico se pone a su disposición únicamente de
manera informativa, los aranceles señalados en el mismo no se encuentran vigentes para el año en
curso.